En 2008 se ingresó al Parlamenteo la Ley Nº20.903, la cual establece el Derecho Real de Conservación, en un novedoso e histórico instrumento para contribuir a la protección y el resguardo del patrimonio de Chile en manos de privados. Aunque la conservación del medio ambiente no es lo único a lo que se puede aplicar la ley, sino también a un ámbito urbano, como algunos barrios patrimoniales en su totalidad, áreas verdes, parques de entretención o piezas arquitectónicas.
Jaime Ubilla, director fundador de una de las ONG que impulsó la ley, el Centro de Derecho de Conservación, manifestó que la iniciativa se orienta a facilitar la conservación de toda la gama de hábitats naturales o de intangibles ambientales que existan, además de los servicios ecosistémicos, como el valor paisajístico, la polinización, la provisión de agua, la información biogenética, la mantención de usos tradiciones e incluso los valores socioculturales asociados al ambiente natural creado por el ser humano.
El Centro de Derecho de Conservación reúne a los primeros académicos del país dedicados desde 1994 a la investigación de estructuras legales de conservación de biodiversidad, teniendo sus principales actividades relacionadas con los marcos regulatorios para la conservación de biodiversidad, particularmente desde el derecho privado.
Frente a ese escenario, los investigadores del Centro en el 2003 propusieron la creación de una nueva institución, que hoy conocemos como el Derecho Real de Conservación, la nueva forma legal que se concibió como un mecanismo para apoyar y promover tanto la conversación privada como la pública en sus en sus conexiones con la sociedad.
La idea era crear una nueva estructura en la forma de un ‘derecho real activo’, en contraposición a los tradicionales derechos reales pasivos, lo que sería logrado a través de una nueva facultad, denominada la “facultad de conservar”, la cual se sumaría a lo tradicional de uso, goce y disposición de un espacio protegido.
Los principios ofrecidos por el organismo fueron adoptados por la Comisión de Constitución del Senado de Chile por medio de los ajustes al proyecto de ley del derecho real de conservación durante su tramitación entre el 2014 y el 2016, publicando el 28 de junio de este año la nueva Ley Nº20.930, relativa al Derecho Real de Conservación, la cual incluye y sigue los principios recién mencionados.
Finalmente, dentro de los objetivos de la ONG, se encuentra el promover el correcto entendimiento de la institución y evitar que distintas implementaciones contradigan las bases teóricas y prácticas de la institución, además de la diferenciación de otras organizaciones de derecho comparado de distinta naturaleza.
Fuente: El Ciudadano
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